LA LEY INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES DISPONE ACCIONES PARA MEJORAR LA RESPUESTA DEL ESTADO FRENTE A LAS DIFERENTES EXPRESIONES DE VIOLENCIA QUE VIVEN MUJERES Y NIÑAS EN NUESTRO PAÍS.

A través de esta normativa las víctimas tendrán derecho a contar con asistencia y representación judicial, a no ser enjuiciadas, discriminadas ni estigmatizadas por el delito del que son víctimas, a obtener respuestas oportunas y efectivas de parte de las instituciones y autoridades, a recibir protección y a ser informadas sobre las medidas de reparación a las que pueden acceder.

 

ACCIONES CONCRETAS PARA:

 

PREVENIR
  • Desde el ámbito educacional de niñas, niños y adolescentes con un enfoque no sexista en los establecimientos, centros de formación técnica y universidades.
  • A través de campañas nacionales de comunicación e información y capacitaciones del personal de atención a víctimas, Carabineros, PDI y del Poder Judicial.
  • Sensibilizando las y los periodistas y editores de medios de comunicación para una correcta difusión e información de delitos de connotación pública.


ATENDER Y PROTEGER A LAS VÍCTIMAS
  • Asegurándoles el acceso efectivo a servicios de salud física y mental y fortaleciendo la supervisión y cumplimiento de las medidas cautelares.
  • Incorporando a hijas e hijos como víctimas directas de la violencia de género que viven sus madres y/o cuidadoras, repercutiendo en las decisiones de custodia y en el diseño de programas de atención y reparación.

ARTICULAR LA ACCIÓN DE LAS INSTITUCIONES INVOLUCRADAS
  • Estableciendo la creación de una comisión interinstitucional para la coordinación de las medidas estatales que se establezcan para la prevención, sanción y erradicación de la violencia de género contra las mujeres y las niñas.
  • Creando un sistema integrado de información sobre casos de violencia de género, mejorando el seguimiento de la situación de las víctimas, monitoreando el cumplimiento y la pertinencia de las medidas de protección adoptadas y levantando alertas tempranas que permitan llegar antes.

GARANTIZAR EL ACCESO A LA JUSTICIA
  • Estableciendo como deber de los órganos del Estado de actuar con debida diligencia, evitando la victimización secundaria de mujeres y niñas.
  • Otorgándoles asistencia y representación judicial a las víctimas a través de abogados.