El Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género inicia su proceso para renovar su Consejo de la Sociedad Civil, en el marco de la implementación de la Ley N°20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana. Las elecciones del COSOC 2024, serán los días lunes 29 y martes 30 de mayo, de manera virtual. El link será enviado vía mail a las personas debidamente inscritas por sus organizaciones en el padrón electoral.
- ¿Qué es el COSOC?
El Consejo de la Sociedad Civil es un órgano de carácter consultivo y autónomo en sus decisiones, compuesto de manera diversa, representativa y pluralista por representantes de asociaciones sin fines de lucro que tengan relación con el quehacer institucional y que abordará temas relativos a sus políticas públicas, planes y programas en concordancia con la ley N°20.820 que crea el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.
- ¿Cuál es su función?
El Consejo de la Sociedad Civil (COSOC) tiene por función la incorporación de la voz de la ciudadanía en el ciclo de diseño e implementación de las políticas públicas, en el marco de las funciones que desarrolla el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, velando por el fortalecimiento de la gestión pública participativa.
- ¿Cómo se compone el COSOC?
El Consejo está compuesto por 15 consejeras(os), quienes serán electas(os) mediante sufragio universal.
Pueden ser candidatas(os) las personas designadas por una organización acreditada para participar en el proceso eleccionario, vale decir, por organizaciones inscritas en el registro que llevará el Ministerio.
Las organizaciones pueden postular con una sola candidatura.
- ¿Qué organizaciones o instituciones pueden participar?
Todas las asociaciones, corporaciones, organizaciones no gubernamentales, fundaciones, centros de estudios y otras similares, sin fines de lucro y con personalidad jurídica vigente, que se relacionen con el quehacer institucional del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.
Las organizaciones que contribuyen a los objetivos del Ministerio se identificarán de acuerdo con los ejes de acción o temáticas que a continuación se señalan:
- Derechos civiles y políticos: organizaciones que trabajen por la participación política y liderazgo de las mujeres; partidos políticos y sistemas electorales libres de sexismo y discriminación; representación equilibrada por género y proporcional; presencia de mujeres en cargos de toma de decisión, participación y liderazgo político de las mujeres fortalecer a las organizaciones y movimientos de mujeres y feministas; migración, conflictos y procesos de paz; incorporación de las disidencias sexo genéricas en la vida política y social.
- Derechos económicos: organizaciones encargadas y/o que se ocupen del trabajo, inserción laboral y/o emprendimiento de las mujeres, trabajo y control de recursos; derecho a la tierra; división sexual del trabajo; trabajo no remunerado y cuidados; protección y seguridad social; transmisión y generación de la pobreza; trabajo doméstico, remunerado e informal.
- Derechos sexuales y reproductivos y salud integral: organizaciones que trabajen en áreas relativas a la información y educación sexual integral; servicios universales y accesibles para anticoncepción y prevención de infecciones de transmisión sexual y VIH/SIDA; organizaciones dedicadas a la protección de la salud física y mental de las mujeres; mortalidad materna; orientación sexual e identidad de género; derechos sexuales y reproductivos de las mujeres con discapacidad; erradicación del embarazo de niñas, prevención del embarazo y la maternidad adolescente; maternidad saludable.
- Derecho a una Vida libre de violencia y discriminación: organizaciones que trabajen para prevenir, derivar, estudiar, atender, asesorar y abogar por erradicar la violencia contra las mujeres en sus distintas formas de manifestación, ejercida por la pareja o por terceros, en cualquier lugar ya sea en el trabajo, vía pública, espacios privados o ciberespacio; seguridad pública y ciudades; legislación y acceso a la justicia; contenidos educativos y medios de comunicación; estereotipos, sexismos, racismo, etnocentrismo, homo-lesbo-bi-transfobia y discriminación; organizaciones que trabajen por erradicar las violencias en el mundo virtual (redes sociales, web, videojuegos).
- Derechos sociales y culturales: organizaciones que trabajen con la ciencia y tecnología de las comunicaciones con perspectiva de género, y por la transformación de pautas culturales; organizaciones que trabajen por el rol de las mujeres en las distintas áreas de la cultura, las artes y el patrimonio; organizaciones que trabajen temáticas de memoria y género; organizaciones que trabajen a favor de profundizar la igualdad de género en la educación.
- Derechos colectivos y ambientales: organizaciones que trabajen con perspectiva de género, mujeres y medio ambiente; pertinencia cultural y territorial en temáticas de la tierra y el territorio, medio ambiente, y preservación del agua y los bosques; conocimientos ancestrales; desastres naturales y eventos extremos; cambio climático; ámbitos rural y urbano.
- Grupos específicos de mujeres y sus derechos: Organizaciones de mujeres que trabajen por la transformación cultural de las relaciones desiguales entre mujeres y hombres, desde la infancia a las personas mayores. Organizaciones de mujeres que trabajen por la promoción, reconocimiento y garantía de los derechos de las mujeres pertenecientes a los pueblos originarios reconocidos en nuestro país, mujeres afrodescendientes, mujeres rurales y mujeres migrantes. Organizaciones que trabajen por la promoción, reconocimiento y garantía de los derechos de mujeres en situación de discapacidad y de niñas y adolescentes, etc. Organizaciones que trabajen por la promoción, reconocimiento y garantías de las mujeres de la Diversidad Sexogenérica.
- ¿Cuáles son las inhabilidades de las consejeras(os)?
No podrán ser consejeras aquellas personas afectadas por alguna de las condiciones que a continuación se señalan:
- Ser funcionario/a en cualquier calidad del Ministerio;
- Ejercer un cargo de elección popular;
- Haber sido condenado o encontrarse formalizado por un crimen o simple delito que merezca pena aflictiva;
- Tener parentesco por consanguinidad hasta el tercer grado y segundo de afinidad inclusive, con funcionarios/as del Ministerio; y,
- Ser integrante de la Comisión Electoral.
Asimismo, no se considerarán idóneas aquellas organizaciones que hayan sido condenadas por maltrato a sus trabajadoras/es, como por ejemplo prácticas antisindicales, no respeto del fuero maternal, no pago de imposiciones, entre otras situaciones que atenten contra los derechos de las mujeres.
- ¿Cuáles son los requisitos para la postulación de candidaturas a Consejeras(os) del COSOC?
Para postular y/o patrocinar a candidatas/os al Consejo, las organizaciones acreditadas deberán presentar, en el plazo dispuesto para este fin, la siguiente documentación:
- Formulario de Postulación Candidata/o al Consejo de la Sociedad Civil del Ministerio de la Mujer y lo Equidad de Género.
- Declaración jurada simple de no estar afecta/o a inhabilidades para postular al Consejo de la Sociedad Civil del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.
- Fotocopia de cédula de identidad de postulante.
No se considerará idóneo para una candidatura al Consejo a la persona que haya recibido sanciones por acoso laboral y/o sexual en el ámbito laboral, o que haya sido condenada por crimen o simple delito o por no pago de pensión alimenticia, o que tenga una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, o que tenga causas o condenas por Violencia Intrafamiliar.
- ¿Qué antecedentes se deben acompañar de manera obligatoria para inscripción de las organizaciones?
Las organizaciones sin fines de lucro deberán acreditarse mediante formulario físico disponible en las dependencias del Ministerio (nivel central y Secretarías Ministeriales Regionales), o mediante el formulario electrónico disponible en el portal web del Ministerio.
Será obligatorio informar lo siguiente para el proceso de acreditación:
- Identificación de la organización (nombre, teléfono, correo electrónico, dirección).
- Nombre de la/el o las/os representantes (RUT, Cargo, teléfono, correo electrónico, dirección).
- Representante de la organización para efectos de la votación (nombre, RUT, cargo, teléfono, correo electrónico).
- Ámbito de acción territorial (nacional, regional, local).
- Una breve misiva tamaño carta que justifique su incorporación al Consejo de la Sociedad Civil.
Asimismo, se deberán acompañar obligatoriamente los siguientes antecedentes:
- Ficha de inscripción de organizaciones de la sociedad civil.
- Certificado de vigencia de personalidad jurídica.
- Estatutos de la asociación sin fines de lucro.
- Declaración jurada simple que acredite que la organización no esté afecta a inhabilidades.
No se considerarán idóneas aquellas organizaciones que hayan sido condenadas por maltrato a sus trabajadoras/es, como por ejemplo prácticas antisindicales, no respeto del fuero maternal, no pago de imposiciones, entre otras situaciones que atenten contra los derechos de las mujeres.
- ¿Cuánto tiempo disponen las organizaciones para realizar la inscripción y envío de documentación al padrón y a apoyar una candidatura?
Las organizaciones contarán con 30 días hábiles para la inscripción de la organización. Durante este mismo período podrán realizar la postulación de una candidatura para conformar el Consejo de la Sociedad Civil (COSOC).
- ¿Cómo se realizará la elección de las consejeras y consejeros?
La Comisión Electoral convocará a elección de consejeras(os) mediante publicación en el portal web del Ministerio y fijará un período de 30 días hábiles para la acreditación de las organizaciones que decidan participar en la elección y en la inscripción de candidaturas. Finalizado el plazo, se anunciará, a través del portal web del Ministerio, el padrón de las organizaciones debidamente acreditadas y que podrán participar en el proceso eleccionario, así como las candidaturas aceptadas.
- ¿Cuándo y cómo se realizará la votación?
Una vez finalizado el proceso de inscripción de las organizaciones y de las(os) candidatas(os), se publicará el padrón y las candidaturas, y se abrirá el proceso de votación.
Luego, la comisión electoral elaborará un acta sobre el referido proceso. Posteriormente, los resultados del proceso eleccionario serán publicados en la página web del Ministerio, en un plazo no mayor a 7 días hábiles, una vez realizada la elección del Consejo.