Ministra Orellana por ingreso de proyecto de Ley de Responsabilidad Parental: “Buscamos cautelar el derecho a la pensión de alimentos, el derecho al cuidado”

“Las cifras nos muestran el importante abandono parental que viven hoy nuestros niños, niñas y adolescentes. Hoy ingresamos este proyecto de ley que trabajamos con parlamentarias y con organizaciones sociales, para dar una efectiva solución a miles de familias a las que se les adeuda el pago de pensión de alimentos”

Con estas palabras la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana Guarello, explicó el proyecto de Ley sobre Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deuda de Alimentos, que ingresó hoy con suma urgencia a través del Senado, el cual busca generar un mecanismo de pago permanente de la deuda, mejorar el acceso sobre la información financiera de los deudores y que este proceso se realice con criterios de justicia y dignidad.

“Buscamos mejorar la experiencia de miles de personas, una abrumadora mayoría mujeres, que tienen que deambular por tribunales actuando casi en las 3 funciones: como denunciante, como investigadora y como aportante de la prueba”, señaló la ministra, acompañada de diputadas de distintas bancadas que apoyan el proyecto.

La iniciativa establece que, si existe una deuda de pensión de alimentos, de tres meses impagos o cinco meses de pagos parciales, que está lista para ser cobrada en favor de un hijo o hija, éste o su representante legal:

  1. Podrá solicitarle al tribunal que dictó la resolución donde consta la deuda, que ordene el pago de la misma, a través de los fondos que el deudor tenga en sus cuentas bancarias u otro instrumento de inversión.
  2. En el caso de que no existan fondos en tales instrumentos o estos sean insuficientes para el pago total de la deuda, ésta podrá cobrarse en la cuenta de capitalización individual obligatoria del deudor, a través de la información solicitada a la AFP en la cual se encuentra afiliado.

“Lo que vamos a hacer con este proyecto que hemos trabajado en conjunto con parlamentarias de distintas bancadas y también con organizaciones de mujeres y expertas, es precisamente establecer plazos oportunos, establecer la obligación del tribunal de ser la institución que indague el patrimonio del deudor y ahí donde encuentren y detecte patrimonio ejecutar el pago para la cuenta del alimentante, del niño niña y adolescente. Con eso buscamos cautelar, de acuerdo a las recomendaciones internacionales el derecho a la pensión de alimentos, el derecho al cuidado y sobre todo mejorar la experiencia en tribunales”.

Mecanismo

Una vez solicitado el pago de la deuda el tribunal iniciará una investigación sobre el patrimonio del deudor: revisará a través de los sistemas de interconexión que mantiene con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios del Estado que estime pertinente, las cuentas bancarias y/o los instrumentos de inversión que el deudor mantenga en las instituciones bancarias y financieras.

Además, por medio del Sistema Informático del Tribunal, se revisará si existen otros niños, niñas y/o adolescentes con los cuales el deudor mantenga deuda de pensión de alimentos. De ser así, la solicitud de pago será conocida conjuntamente y en un solo proceso por el tribunal que tenga la causa vigente más antigua, el cual ordenará el pago del monto de cada deuda alimentaria.