La Ministra o Ministro de la Mujer y la Equidad de Género tendrá a su cargo la dirección superior de esta Secretaría de Estado y las funciones que establece el artículo 3° de la ley N° 20.820. A su vez, ejercerá la conducción política del Ministerio y actuará como colaboradora inmediata del o de la Presidenta de la República en la generación de políticas, planes y programas orientados a la equidad de género, la igualdad de derechos y eliminación de la discriminación arbitraria contra las mujeres: En especial, le corresponde:
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
Departamento de Comunicaciones está a cargo, entre otras funciones, de diseñar y ejecutar estrategias para permitir la presencia del Ministerio en los medios de comunicación, junto con la difusión de sus labores.
Le corresponde también:
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
Departamento de Reformas Legales está a cargo, entre otras funciones, de:
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
Para Saber más: Avances Legislativos[+]
Departamento de Relaciones Internacionales está a cargo, entre otras funciones, de colaborar en las relaciones que mantenga el Ministerio con organismos internacionales en el ámbito de las competencias propias del mismo. Le corresponde también:
1. Participar y realizar el seguimiento de los compromisos internacionales, junto con la evaluación de los mismos, y
2. Colaborar con la Ministra o Ministro en la elaboración de convenios con organismos públicos y privados en el ámbito internacional.
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género es un servicio público, funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género encargado de ejecutar las políticas, planes y programas que le encomiende el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, según lo dispuesto en la ley N° 19.023[+].
Departamento de Auditoría tiene, entre otras funciones, las de:
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
La División Jurídica se encargará, entre otras, de las siguientes funciones:
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
La División de Políticas de Igualdad estará a cargo, entre otras funciones, de:
1. Proponer, a la Ministra el diseño de los contenidos y orientaciones de las políticas, planes y programas con pertinencia cultural y territorial del Ministerio. En su labor debe reconocer la diversidad de las mujeres en aras a promover el pleno desarrollo y autonomía de éstas, la mejora de su posición a fin de garantizarles el goce de sus derechos en igualdad de condiciones y oportunidades con los hombres, su plena participación en la vida laboral, social, económica y cultural del país, y en los cargos de elección popular y funciones públicas;
2. Proponer, a la Ministra, los contenidos y orientaciones de las políticas, planes y programas que están destinados a promover la equidad de género, la igualdad de derechos y de procurar la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las mujeres;
3. Velar por la coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes y programas en materia de equidad de género, los que se incorporan en forma transversal en la actuación del Estado.
4. Proponer a la Ministra el Plan Nacional de Igualdad entre Hombres y Mujeres, sus ajustes y actualizaciones.
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
La División de Estudios y Capacitación en Género estará a cargo, entre otras funciones, de:
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
Para Saber más: Biblioteca de Documentos[+]
División de Planificación y Control de Gestión estará a cargo, entre otras funciones, de las siguientes:
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
Es un organismo que tiene como función colaborar en la implementación de las políticas, planes y programas orientados a la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, incorporando la perspectiva de género en la actuación del Estado.
El Comité es una instancia de coordinación, información, orientación y acuerdo para las políticas públicas en esta materia. Está integrado por:
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género es la Secretaria Ejecutiva o del Comité.
La División de Administración y Finanzas estará a cargo, entre otras funciones, de las siguientes: Conducir la administración del personal del Ministerio en lo relativo a la selección, nombramiento, capacitación, desarrollo, calificación, pago de remuneraciones, bienestar de las personas y cumplimiento de asistencia y horario, entre otros procesos relativos a la vida funcionaria, de conformidad a la legislación vigente.
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
En cada región del país existe una Secretaría Regional Ministerial, a cargo de una Secretaria Regional Ministerial, quien representa al Ministerio en la respectiva región y depende técnica y administrativamente de éste, encargada de asesorar al Intendente/a, vela por la coordinación de los programas que se desarrollen a nivel regional y local, así como las acciones emprendidas con recursos del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, acorde con lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575[+], Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y la ley N° 20.820[+].
Para saber más: seremis minmujeryeg.
Departamento de Relaciones Internacionales está a cargo, entre otras funciones, de colaborar en las relaciones que mantenga el Ministerio con organismos internacionales en el ámbito de las competencias propias del mismo. Le corresponde también:
1. Participar y realizar el seguimiento de los compromisos internacionales, junto con la evaluación de los mismos, y
2. Colaborar con la Ministra o Ministro en la elaboración de convenios con organismos públicos y privados en el ámbito internacional.
Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27
Consejo encargado de prestar asesoría a la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género en materias de igualdad de derechos y de equidad de género. El Consejo está integrado por diez personas de reconocida experiencia en el ámbito de las materias antes mencionadas, y serán designadas por la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género. Los miembros del Consejo deben durar hasta cuatro años en sus cargos mientras cuenten con la confianza de la Ministra. El ejercicio del cargo de consejero o consejera será ad honorem e incompatible con cualquier cargo directivo de organizaciones o asociaciones relacionadas con las atribuciones y funciones del Ministerio.
La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género es el organismo perteneciente a la estructura interna del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género a cargo de la Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género. La Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género es la colaboradora inmediata y directa de la Ministra encargada, entre otras funciones, de subrogar a la Ministra, coordinar las Secretarías Regionales Ministeriales de la Mujer y la Equidad de Género y, asimismo, las actuaciones entre el Ministerio y el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, actuar como ministro de fe y ejercer la administración interna del ministerio.
Para Saber más: Autoridades.
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