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Teléfono: +56 225 196 400
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Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género

 

La Ministra o Ministro de la Mujer y la Equidad de Género tendrá a su cargo la dirección superior de esta Secretaría de Estado y las funciones que establece el artículo 3° de la ley N° 20.820. A su vez, ejercerá la conducción política del Ministerio y actuará como colaboradora inmediata del o de la Presidenta de la República en la generación de políticas, planes y programas orientados a la equidad de género, la igualdad de derechos y eliminación de la discriminación arbitraria contra las mujeres: En especial, le corresponde:

  • Proponer las políticas, planes y programas en las materias de competencia del Ministerio;
  • Proponer e impulsar las iniciativas legales que propendan a la equidad de género, la igualdad de derechos y a la eliminación de la discriminación arbitraria contra las mujeres; Velar por el cumplimiento de las normas dictadas en la esfera de su competencia;
  • Velar por el cumplimiento de los tratados internacionales sobre derechos humanos de las mujeres y la equidad de género, ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, especialmente aquellos que guarden relación con la eliminación de todas las formas de discriminación arbitraria y de violencia contra las mujeres;
  • Conducir las acciones de cooperación con organismos internacionales dedicados a los derechos humanos de las mujeres y la equidad de género, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio de Relaciones Exteriores; Presidir el Comité Interministerial para la Igualdad de Derechos y la Equidad de Género;
  • Designar a los integrantes del Consejo Asesor que le prestará asesoría en materias de igualdad de derechos y equidad de género;
  • Delegar en la Subsecretaria o Subsecretario, en las Jefas o Jefes de División, o en otra funcionaria o funcionario de su dependencia, por resolución fundada, el ejercicio de las atribuciones que le corresponden, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 41 de la ley N° 18.575;
  • Ejercer el control jerárquico permanente, dentro del ámbito de su competencia, mediante la debida coordinación con la Subsecretaria o Subsecretario; Ejercer todas las demás funciones que la ley le encomiende.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

Departamento de Comunicaciones

 

Departamento de Comunicaciones está a cargo, entre otras funciones, de diseñar y ejecutar estrategias para permitir la presencia del Ministerio en los medios de comunicación, junto con la difusión de sus labores.

Le corresponde también:

  • Elaborar los planes, estrategias e instrumentos de difusión del Ministerio.
  • Verificar el contacto directo con los medios de comunicación en general y con las agencias y equipos creativos, a fin de concretar los instrumentos de comunicación del Ministerio y su colocación ante la opinión pública.
  • Preparar los materiales de apoyo a las labores que desarrolle el Ministerio, ya sea en forma impresa, audiovisual o utilizando cualquier otra plataforma.
  • Coordinarse con las demás entidades de la administración del Estado que desarrollen actividades similares o atingentes a este Departamento.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

Departamento de Reformas Legales

 

Departamento de Reformas Legales está a cargo, entre otras funciones, de:

  1. Estudiar y proponer iniciativas legales destinadas a promover la equidad de género, la igualdad de derechos y la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las mujeres.
  2. Diseñar, tramitar y dar seguimiento a las iniciativas legales en temas de interés de este Ministerio, sin perjuicio de las atribuciones legales que a otros organismos públicos les competen.
  3. Asistir y participar en las discusiones legislativas en el Congreso Nacional sobre proyectos de ley propios de este Ministerio; y
  4. Elaborar informes de seguimiento estratégico respecto de las materias legislativas que tienen relación con el Ministerio.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

Para Saber más: Avances Legislativos[+]

Departamento de Relaciones Internacionales

 

Departamento de Relaciones Internacionales está a cargo, entre otras funciones, de colaborar en las relaciones que mantenga el Ministerio con organismos internacionales en el ámbito de las competencias propias del mismo. Le corresponde también:

1. Participar y realizar el seguimiento de los compromisos internacionales, junto con la evaluación de los mismos, y

2. Colaborar con la Ministra o Ministro en la elaboración de convenios con organismos públicos y privados en el ámbito internacional.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

Para saber más

  • Banco de Documentos[+].
  • Principales foros internacionales de la mujer[+].
  • Acuerdos marco de cooperación con mecanismos de la mujer de otros países[+].
  • Instituciones Relacionadas[+].

Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG)

 

El Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género es un servicio público, funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propio, que se relaciona con el Presidente de la República por intermedio del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género encargado de ejecutar las políticas, planes y programas que le encomiende el Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, según lo dispuesto en la ley N° 19.023[+].

Departamento de Auditoría

 

Departamento de Auditoría tiene, entre otras funciones, las de:

  1. Prestar asesoría técnica especializada a las autoridades del Ministerio en materias de auditoría y control interno, a objeto de evaluar y contribuir a la mejora de la eficacia de los procesos de administración;
  2. Prestar asesoría en la gestión de riesgos y control preventivo, proponiendo medidas necesarias para el fortalecimiento de la gestión del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

División Jurídica

 

La División Jurídica se encargará, entre otras, de las siguientes funciones:

  • Prestar asesoría jurídica permanente al Ministerio y sus dependencias en las materias de su competencia; Velar por la juridicidad de las actuaciones y actos administrativos emanados del Ministerio y las Secretarías Regionales Ministeriales del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género;
  • Elaborar proyectos de decretos, resoluciones o convenios, según los requerimientos de la Ministra o Ministro;
  • Emitir informes legales que se soliciten por el Ministerio, sus autoridades, Divisiones, Departamentos y Secretarías Regionales Ministeriales;
  • Supervisar, mediante visación, las respuestas a requerimientos de acceso de información pública, así como representar al Ministerio en los amparos presentados ante el Consejo para la Transparencia, conforme a la Ley Nº 20.285, sobre Transparencia de la Función Pública y Acceso a la Información de la Administración del Estado;
  • Sustanciar, cuando corresponda, los procedimientos que las autoridades ordenen para hacer efectiva la responsabilidad administrativa de los funcionarios y funcionarias y supervigilar y prestar asesoría en caso de consulta en aquellos procedimientos que sean llevados por funcionarios o funcionarias de otras dependencias del Ministerio,
  • Asesorar al Ministerio en diligencias ante los Tribunales de Justicia, cuando corresponda.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

División de Políticas de Igualdad

 

La División de Políticas de Igualdad estará a cargo, entre otras funciones, de:

1. Proponer, a la Ministra el diseño de los contenidos y orientaciones de las políticas, planes y programas con pertinencia cultural y territorial del Ministerio. En su labor debe reconocer la diversidad de las mujeres en aras a promover el pleno desarrollo y autonomía de éstas, la mejora de su posición a fin de garantizarles el goce de sus derechos en igualdad de condiciones y oportunidades con los hombres, su plena participación en la vida laboral, social, económica y cultural del país, y en los cargos de elección popular y funciones públicas;

2. Proponer, a la Ministra, los contenidos y orientaciones de las políticas, planes y programas que están destinados a promover la equidad de género, la igualdad de derechos y de procurar la eliminación de toda forma de discriminación arbitraria en contra de las mujeres;

3. Velar por la coordinación, consistencia y coherencia de las políticas, planes y programas en materia de equidad de género, los que se incorporan en forma transversal en la actuación del Estado.

4. Proponer a la Ministra el Plan Nacional de Igualdad entre Hombres y Mujeres, sus ajustes y actualizaciones.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

División de Estudios y Capacitación en Género

 

La División de Estudios y Capacitación en Género estará a cargo, entre otras funciones, de:

  • Desarrollar estudios e investigaciones necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Ministerio. En especial, tales estudios e investigaciones deberán ser conducentes a la formulación de criterios e indicadores de género que puedan incorporarse en las políticas, programas, evaluaciones y procesos de planificación de la actuación del Estado;
  • Establecer y administrar un sistema de información pública sobre el cumplimiento y aplicación de la normativa vigente sobre equidad de género;
  • Elaborar y mantener un diagnóstico de indicadores de género, velando por su incorporación en la planificación del desarrollo social y económico, y en la Administración del Estado;
  • Elaborar, un informe anual sobre la situación de las mujeres en el ejercicio de sus derechos humanos y la equidad de género a nivel nacional, regional y local;
  • Realizar procesos de capacitación periódicos, a los funcionarios y funcionarias públicos y en materias relacionadas con las funciones encomendadas al Ministerio, los que también podrán otorgarse a particulares.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

Para Saber más: Biblioteca de Documentos[+]

División de Planificación y Control de Gestión

  

División de Planificación y Control de Gestión estará a cargo, entre otras funciones, de las siguientes:

  1. Desarrollar la planificación estratégica, elaboración de indicadores y control de la gestión interna del Ministerio;
  2. Formular los instrumentos de gestión, el control y seguimiento de los objetivos y metas determinados por la autoridad para las divisiones y dependencias;
  3. Formular instrumentos de evaluación periódica de los programas de gestión institucional, incluyendo verificación de resultados, y
  4. Realizar todas las gestiones y actos administrativos que le encomiende la Ministra o Ministro, o la Subsecretaria o Subsecretario, en el ámbito de competencia de la División.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

Comité Interministerial

 

Es un organismo que tiene como función colaborar en la implementación de las políticas, planes y programas orientados a la igualdad de derechos entre mujeres y hombres, incorporando la perspectiva de género en la actuación del Estado.

El Comité es una instancia de coordinación, información, orientación y acuerdo para las políticas públicas en esta materia. Está integrado por:

  1. La Ministra de la Mujer y la Equidad de Género, quien lo preside.
  2. El Ministro del Interior y Seguridad Pública.
  3. El Ministro de Defensa Nacional.
  4. El Ministro de Hacienda.
  5. El Ministro Secretario General de la Presidencia.
  6. El Ministro de Economía, Fomento y Turismo.
  7. El Ministro de Desarrollo Social.
  8. La Ministra de Educación.
  9. El Ministro de Justicia.
  10. El Ministro del Trabajo y Previsión Social.
  11. El Ministro de Salud.
  12. El Ministro de Agricultura.
  13. El Ministro de Vivienda y Urbanismo.
  14. El Ministro Presidente del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.

La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género es la Secretaria Ejecutiva o del Comité.

División de Administración y Finanzas.

 

La División de Administración y Finanzas estará a cargo, entre otras funciones, de las siguientes: Conducir la administración del personal del Ministerio en lo relativo a la selección, nombramiento, capacitación, desarrollo, calificación, pago de remuneraciones, bienestar de las personas y cumplimiento de asistencia y horario, entre otros procesos relativos a la vida funcionaria, de conformidad a la legislación vigente.

  • Participar en la planificación del presupuesto institucional, junto con gestionar la ejecución presupuestaria y llevar el control de la misma, conforme a las disposiciones del Decreto Ley Orgánico de Administración Financiera del Estado y el Sistema de Contabilidad General de la Nación;
  • Realizar la administración financiera contable, y en particular, los procesos y control de pagos y transferencias de recursos;
  • Proponer el plan anual de compras y proponer los procedimientos necesarios para su cumplimiento;
  • Velar por la conservación de los bienes y servicios, adoptando para ello las medidas que sean necesarias, así como su inventario;
  • Coordinarse con las demás entidades de la administración del Estado que desarrollen actividades similares o atingentes a esta División; Asesorar al Ministerio en el desarrollo del plan de informática para el Ministerio y proporcionar los servicios de desarrollo y soporte informático, con foco en la calidad y la eficiencia, de acuerdo a los lineamientos institucionales;
  • Realizar el registro administrativo y documental del Ministerio;
  • Proponer medidas que propendan a la racionalización de funciones y la optimización de procedimientos administrativos;
  • Coordinar, a nivel interno, la respuesta a los requerimientos de información que se efectúen al Ministerio;
  • así como también el cumplimiento de las obligaciones que emanen de la ley N° 20.285, en relación a las normas de transparencia activa.
  • Realizar todas las gestiones y actos administrativos que le encomiende la Ministra o Ministro o Subsecretaria o Subsecretario, en el ámbito de competencia de la División.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

Secretarias Regionales Ministeriales (Seremis)

 

En cada región del país existe una Secretaría Regional Ministerial, a cargo de una Secretaria Regional Ministerial, quien representa al Ministerio en la respectiva región y depende técnica y administrativamente de éste, encargada de asesorar al Intendente/a, vela por la coordinación de los programas que se desarrollen a nivel regional y local, así como las acciones emprendidas con recursos del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, acorde con lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575[+], Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y la ley N° 20.820[+].

Para saber más: seremis minmujeryeg.

Departamento de Relaciones Internacionales

Departamento de Relaciones Internacionales está a cargo, entre otras funciones, de colaborar en las relaciones que mantenga el Ministerio con organismos internacionales en el ámbito de las competencias propias del mismo. Le corresponde también:

1. Participar y realizar el seguimiento de los compromisos internacionales, junto con la evaluación de los mismos, y

2. Colaborar con la Ministra o Ministro en la elaboración de convenios con organismos públicos y privados en el ámbito internacional.

Fuente legal: Reglamento Orgánico D.S. N° 27

Para saber más

  • Banco de Documentos[+].
  • Principales foros internacionales de la mujer[+].
  • Acuerdos marco de cooperación con mecanismos de la mujer de otros países[+].
  • Instituciones Relacionadas[+].

Consejo Asesor

Consejo encargado de prestar asesoría a la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género en materias de igualdad de derechos y de equidad de género. El Consejo está integrado por diez personas de reconocida experiencia en el ámbito de las materias antes mencionadas, y serán designadas por la Ministra de la Mujer y la Equidad de Género. Los miembros del Consejo deben durar hasta cuatro años en sus cargos mientras cuenten con la confianza de la Ministra. El ejercicio del cargo de consejero o consejera será ad honorem e incompatible con cualquier cargo directivo de organizaciones o asociaciones relacionadas con las atribuciones y funciones del Ministerio.

Subsecrataría

 

La Subsecretaría de la Mujer y la Equidad de Género es el organismo perteneciente a la estructura interna del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género a cargo de la Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género. La Subsecretaria de la Mujer y la Equidad de Género es la colaboradora inmediata y directa de la Ministra encargada, entre otras funciones, de subrogar a la Ministra, coordinar las Secretarías Regionales Ministeriales de la Mujer y la Equidad de Género y, asimismo, las actuaciones entre el Ministerio y el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, actuar como ministro de fe y ejercer la administración interna del ministerio.

Para Saber más: Autoridades.




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