- Seremis de la Mujer y de Salud enfatizaron en la importancia de seguir mejorando y acompañando su implementación en los centros de salud.
- A junio de este año, 4.553 mujeres y niñas que han llegado a los centros de salud por casos de violación, riesgo vital o inviabilidad fetal, han decidido interrumpir su embarazo.
La Ley de Interrupción Voluntaria del embarazo fue promulgada el 14 de septiembre de 2017 por la expresidenta Michelle Bachelet, una normativa que ha significado un importante avance en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. En ese contexto, las secretarias regionales ministeriales de la Mujer y la Equidad de Género y Salud presentes en la región, entregaron cifras y un balance de la aplicación de esta ley desde una perspectiva regional.
La Secretaria Regional Ministerial de Salud, Qf. Cristina Ojeda destacó que en el Gobierno del Presidente Gabriel Boric, han existido avances significativos en la Ley IVE. Entre estos se encuentra la implementación del reglamento de acompañamiento para mujeres y niñas que recurren a las causales establecidas por la ley, lo cual se complementa con el acceso garantizado por el GES. Como autoridad sanitaria, Ojeda subrayó que “nosotros fiscalizamos cómo se ejecuta esta Ley en los dos centros de salud a los que las mujeres pueden acceder a las prestaciones de Interrupción Voluntaria del Embarazo que son la Clínica Alemana y el Hospital Base de Valdivia”.
A su vez, la Seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Francisca Corbalán Herrera, explicó que “las cifras que entregamos hoy dan cuenta de algo muy importante, que es el poder de decisión que otorga esta ley a las mujeres en condiciones extremas, como lo son el riesgo de vida de la madre, la inviabilidad del feto o una violación”. Y agregó: “nos muestra que si bien muchas de ellas deciden continuar con su embarazo, la gran mayoría, un 83% en nuestra región, lo interrumpe; sobre todo en el caso de violación. Por eso insistimos: la discusión sobre los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres trata precisamente de garantizar que sean ellas quienes puedan tomar la decisión”.
Así mismo, la seremi de Salud mostró su preocupación, indicando que en la región “tenemos un grupo importante de médicos que son objetores de conciencia, principalmente en la causal 3 de violación que, además, es la que más afecta a niñas y adolescentes. Eso, obviamente, nos genera las ganas de seguir trabajando y luchando por el derecho de acceso a la Ley IVE, sobre todo en el caso de las niñas, porque en esta causal se evidencia que fueron víctimas de un delito”, expresó.
A nivel nacional, desde el 2018 a junio de este año, han llegado a distintos centros de salud 5.370 mujeres y niñas con el derecho de acogerse a alguna de las tres causales; de ellas, el 85% optó por interrumpir su embarazo. Sin embargo, respecto de la causal de violación la cifra de mujeres y niñas que deciden interrumpir su embarazo asciende a cerca del 92%.
En Los Ríos, desde el 2019 a junio del 2024, 136 mujeres y niñas han podido acogerse a la ley cumpliendo con alguna de las tres causales; de ellas, un 83% decidió interrumpir su embarazo. Respecto del porcentaje de mujeres y niñas acogidas a la causal de violación y que han decidido no continuar con el embarazo, este corresponde a un 84%
Modificaciones al reglamento
El 31 de mayo de 2024, el Gobierno, a través del Ministerio de Salud, ingresó a revisión de la Contraloría modificaciones al reglamento de objeción de conciencia para mejorar la aplicación de la Ley de Interrupción Voluntaria del embarazo en 3 causales y asegurar a mujeres y niñas el acceso a este derecho.
Para garantizar el acceso a la ley de 3 causales, se requiere una red de salud correctamente informada y preparada para ello. Por eso, el nuevo reglamento busca informar a mujeres sobre las opciones para acceder al servicio; resguardar que la legítima objeción de conciencia personal no obstaculice el acceso; garantizar una atención oportuna; y evitar que mujeres y niñas tengan que deambular entre centros de salud, cambiarse de ciudad o recorrer distintas regiones buscando poder ejercer su derecho.
El objetivo de este reglamento es garantizar el acceso a este derecho establecido en la ley, asegurando que los establecimientos públicos de salud cuenten con personal sanitario idóneo, suficiente y disponible para asegurar la atención médica de las pacientes que requieran la interrupción de su embarazo. Asimismo, busca garantizar, en caso de ser necesario, un traslado rápido, oportuno, efectivo y siempre consensuado con la usuaria para asegurar el acceso a la prestación.
Antecedentes de la ley
La Ley que Regula la Despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en tres causales (IVE) permite, mediante la voluntad de la mujer, la interrupción de su embarazo en caso de riesgo vital de la madre, inviabilidad fetal o violación. En este último caso, el límite es de doce semanas de gestación y catorce semanas en caso de niñas menores de 14 años.
Es importante mencionar que desde 1931 y hasta 1989, en Chile estuvo permitido el aborto terapéutico, con una interpretación amplia respecto de las causales, esto hasta que fue prohibido por la dictadura militar. Veintiocho años después el Congreso de Chile aprobó el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo en tres causales (IVE).
Aunque el proyecto aprobado fue llevado al Tribunal Constitucional por la oposición de ese entonces, el órgano rechazó el requerimiento de inconstitucionalidad, materializándose en la Ley N° 21.030.
Esta norma cuenta hoy con una gran legitimidad social, logrando -de acuerdo a la encuesta del Centro de Estudios Públicos (CEP) de junio y julio de 2024- la adhesión mayoritaria de la población cuando se consulta sobre la posición respecto del aborto (45%), seguida de cerca por la opinión de que el aborto debe ser una opción en cualquier caso (38%). Ambas posturas suman un 83% de adhesión.